19 de abril de 2024 - 17:45
Notas de prensa
12/06/2020
El periodo de pago voluntario del IBI se extiende hasta el 21 de septiembre
El padrón cuenta con 9.521 recibos bonificados o exentos que suponen un ahorro para los murcianos de casi 9 millones de euros

 

La Concejalía de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, que dirige Eduardo Martínez-Oliva, ha extendido el plazo voluntario del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que comenzó el pasado viernes, hasta el 21 de septiembre.

 

El padrón consta de un total de 361.102 recibos por un importe total de 108.817.003,90 euros, de los cuales 9.521 están bonificados o exentos lo que supone un ahorro para los murcianos de casi 9 millones de euros.

 

Así, del total de recibos, 5.112 (cuota bonificada 1.224.007,17€) están bonificados por familia numerosa general o especial; 137 (cuota bonificada 24.079,75€), por vivienda de protección oficial; 3 (cuota bonificada 6.568,54€), por tratarse de inmuebles que constituyen el objeto de la actividad de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria; 20 (cuota bonificada 2.385,78€), por declaración de interés cultural; 3.273 no sujetos (importe 3.920.366,20€) y 976 objetos tributarios exentos (importe 3.785.063,12€).

 

"El Ayuntamiento de Murcia ha mantenido los impuestos, tasas y precios públicos sin ningún tipo de alteración en el periodo 2013-2019, a pesar de que la actualización acumulada del IPC ha sido de un 5,8%", ha explicado el concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva.

 

 

 

"Durante estos seis años sin subida alguna sí se ha producido una bajada en la inmensa mayoría de los mismos. Así el IBI ha descendido en este tiempo en tres ocasiones siendo el volumen de la bajada en torno a un 15%", ha apuntado Martínez-Oliva.

 

Los contribuyentes que aún no tengan domiciliado el pago de este impuesto, recibirán en su domicilio en las próximas semanas la carta de pago correspondiente a sus inmuebles.

 

No obstante, podrán tramitar su domiciliación u obtener un duplicado de dicho recibo en los siguientes medios puestos a su disposición:

 

  • Por teléfono 968 35 50 02
  • A través de https://sede.murcia.es
  • A través de https://murcia.es/AMT
  • Por correo electrónico aytomurcia@canaltributos.com
  • En nuestras oficinas (con cita previa).

 

Igualmente, la Agencia Municipal Tributaria ha puesto en marcha de medidas complementarias extraordinarias de carácter tributario:

 

 -       Planes Personalizados de Pago (PPP): implementar medidas de flexibilización en el cobro de los PPP aprobados hasta la entrada en vigor del estado de alarma, mediante la puesta en marcha de procedimientos de pago aplazado hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

 -       Tributos de cobro periódico: procedimientos de recobro de deudas en período voluntario para aquellos cargos en cuenta de domiciliaciones que fuesen devueltos por las entidades financieras por no haber podido ser atendidos por el contribuyente.

 

-       Modificar el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2020 con objeto de aplazar los periodos de ingreso de recaudación voluntaria de todos aquellos padrones municipales pendientes de aprobación.

 

-       Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: posibilidad de ampliar el plazo establecido de declaración de 30 días hábiles en las transmisiones inter vivos por un periodo adicional de 15 días naturales desde la finalización del estado de alarma y en el caso de transmisiones mortis causa, prorrogar el plazo de 6 meses para presentar la declaración del Impuesto por otros seis meses adicionales.

 

Asimismo, se ha incluido en la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de tributos locales medidas que garanticen la atención a los ciudadanos de forma no presencial en todos los procedimientos de aplicación de los tributos, tanto por teléfono, mediante grabación de voz, como a través de la Oficina Virtual Tributaria, facilitando el acceso a los canales electrónicos de tramitación.

 

Más de 4.300 comerciantes, hosteleros y pequeños empresarios, beneficiados de la modificación de las ordenanzas fiscales

 

Hay que recordar que el Pleno del pasado 8 de mayo aprobó la modificación de las ordenanzas fiscales que beneficiarán a un total de 4.325 comerciantes, hosteleros y pequeños empresarios de los cuales 1.555 son de establecimientos de restauración y hostelería, 670 de establecimientos de otras actividades (comercios menores que han tenido que cerrar durante este periodo y no son bares ni restaurantes), y 2.100 comerciantes de mercadillos semanales. Estas modificaciones son las siguientes.

 

-       Tasa de terrazas y mercadillos: La tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso público con mesas y sillas y la tasa por aprovechamiento especial o utilización privativa de la vía pública con mercadillos semanales no se liquidarán durante el período de no ocupación, lo que supone un impacto económico estimado de 175.000 euros (por mesas y sillas) y 133.340 euros (por mercadillos semanales).

 

Además, se reducirá el 50% de las tarifas aplicables para el segundo semestre de año en ambas tasas. Ello supone un impacto económico estimado de 516.250 euros (por mesas y sillas) y 200.010 euros (por mercadillos semanales).

 

La reducción de la tarifa de la tasa de mesas y sillas beneficiará a 675 contribuyentes y la de mercadillos semanales a 2.100 titulares de licencia.

 

-       Tasa por recogida de basuras: Los locales afectados por el cese de actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma podrán acogerse a la cuota mínima de 29,96 euros de recogida de basuras. La aplicación será por un bimestre, tiempo equivalente al período efectivo de cierre. El impacto económico estimado de esta medidas es de 335.434 euros.

 

Esta medida beneficiará a 880 contribuyentes de actividades de restauración y hostelería y a 670 de otras actividades

 

-       Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: aplicación del tipo impositivo del 2% a construcciones, instalaciones y obras sujetas a Declaración Responsable y/o Comunicación Previa, durante un plazo de 6 meses desde su entrada en vigor. Ello permitirá que los dueños de establecimientos que tengan que realizar reformas para adaptarse a la nueva normativa estatal sólo tengan que pagar el 50%. Impacto económico estimado: 489.121 euros.

 

 -       Precios Públicos por alquiler de instalaciones deportivas y escuelas infantiles: no se cobrarán aquellos correspondientes a servicios públicos que se hayan dejado de prestar con motivo del estado de alarma y, en el caso de que se haya anticipado el pago, se establecerán  procedimientos ágiles de devolución. Actualmente, la ejecución de esta medida supone un impacto económico estimado de 498.525 euros por el alquiler de instalaciones deportivas municipales de Murcia y 105.400 euros por la prestación de servicios en las Escuelas Infantiles.