24 de abril de 2024 - 3:14
Notas de prensa
23/01/2023
Murcia continúa creciendo y alcanza los 463.150 habitantes
El municipio, a fecha de 1 de enero de 2022, cuenta con 2.349 habitantes más que el año anterior, con 4.162 altas por nacimiento y 3.582 defunciones
El Carmen y El Palmar son el barrio y la pedanía más poblados del municipio

La Comisión de Pleno de Empleo, Derechos Sociales, Educación y Cultura ha dado el visto bueno esta mañana a la revisión anual del Padrón Municipal de Habitantes a 1 de enero de 2022.

 

Murcia continúa con su crecimiento, alcanzando los 463.150 habitantes, de los cuales 227.135 son hombres y 236.015 mujeres. Respecto a 2020, el municipio cuenta con 2.349 personas más empadronadas en el municipio.

 

Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021 se han producido 4.162 altas por nacimiento, 10.305 por cambio de residencia procedentes de otro municipio y 5.062 por cambio de residencia procedentes del extranjero.

 

Respecto a las bajas, se han producido 3.582 por defunción, 10.332 por cambio de residencia a otro municipio y 569 por cambio de residencia al extranjero.

 

Los barrios más poblados son El Carmen, con 20.283 habitantes, Vistalegre, con 13.850, Espinardo, con 12.590, y El Infante Juan Manuel, con 12.477.

 

En cuanto a pedanías, El Palmar encabeza la lista de más pobladas con 24.390 habitantes, seguida por Puente Tocinos, con 16.813, Cabezo de Torres, con 13.647 y La Alberca, con 13.088.

 

Asimismo, la Comisión de Pleno de Empleo, Derechos Sociales, Educación y Cultura ha aprobado inicialmente el proyecto de modificación del Reglamento regulador de la denominación y rotulación de vías, espacios y edificios públicos de titularidad municipal y numeración de edificios, del municipio de Murcia, que tendrá que ser ratificada en Pleno municipal.

 

De esta forma, se busca que en las propuestas de nuevas denominaciones, o propuestas de modificación de denominaciones actuales, se cumpla con el principio de que al menos el 50% de las propuestas de denominaciones que hagan referencia a personas físicas, sean denominaciones que hagan referencia a mujeres, no afectando a las denominaciones que al día de la fecha ya existen en el callejero municipal.

 

Esta regla de paridad entre mujeres y hombres solo se podrá obviar en supuestos individualizados debidamente justificados en razones imperiosas de interés social, cultural o político, que justifiquen la necesidad de la adopción de una denominación de vial o espacio público en favor de una denominación masculina fundada en la relevancia, personalidad, trayectoria, circunstancia o acontecimiento protagonizado por la figura del personaje a honrar con la designación de dicho vial o espacio público.

 

La modificación del reglamento incluye, además que no podrán eliminarse o cambiarse aquellas denominaciones de viales o espacios públicos que tengan una antigüedad superior a los 100 años, contados a fecha de la adopción del acuerdo plenario.

 

Por otro lado, se aprovecha el momento para introducir una mejora dentro de la composición de la Comisión de calles, que incluirá algún técnico municipal, en activo o jubilado, que tenga un conocimiento exhaustivo del viario público y de la ubicación geográfica de los mismos, con lo que la Comisión de calles contará con un integrante que aportará ese conocimiento real y cierto de estos aspectos.

 

 

G.P.