18 de abril de 2024 - 21:13
Notas de prensa
18/06/2021
El Ayuntamiento destinará más de 831.000 euros a entidades deportivas y deportistas del municipio
La Junta de Gobierno aprueba hoy la convocatoria anual de subvenciones de la Concejalía de Deportes
Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia, en la dirección sede.murcia.es.

 

El Ayuntamiento de Murcia destinará la cantidad de 831.299 euros para las entidades deportivas y deportistas del municipio.  La convocatoria anual de la temporada 2020/2021 ha sido aprobada este viernes por la Junta de Gobierno.

 

La asignación presupuestaria prevé una cuantía de 425.000 euros para el mantenimiento de equipos federados que participan en la máxima categoría de competición nacional en liga regular. Asimismo, un total de 200.299 euros para aquellos equipos federados que participan en liga regular de competición nacional (no de máxima categoría), interautonómico, autonómico o local.  Natación recibirá una subvención de 100.000 euros, las Escuelas Deportivas 25.000 euros, mientras que para la organización de acontecimientos deportivos se prevé una ayuda de 20.000 euros y para deportistas individuales 61.000 euros.

 

La Concejalía de Deportes, consciente de las dificultades a las que se enfrentan los deportes minoritarios y deportistas individuales y, en especial, de los esfuerzos que ha requerido la planificación y desarrollo de la temporada deportiva a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, ha decidido que la actual convocatoria de subvenciones preste atención especial a estos colectivos, en relación a convocatorias anteriores.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvención se presentarán en los diez días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, iniciándose el cómputo para su presentación el primer día hábil siguiente al de la publicación.

 

Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia, en la dirección sede.murcia.es.

 

Programa detallado de subvenciones

 

A) Mantenimiento de equipos federados que participen en la máxima
categoría de competición nacional de liga regular, según los
siguientes subgrupos:


A1.- Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol 350.000 €
A2.- Resto de disciplinas de deportes de equipo, excepto natación 75.000 €
B.- Mantenimiento de equipos federados que participen en el resto de categorías de competición de liga regular de ámbito nacional (que
no se trate de máxima categoría), inter-autonómico, autonómico o
local, según los siguientes subgrupos:
B1.- Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol: 150.000 euros.
B2.-. Resto de disciplinas de deportes de equipo, excepto natación: 50.299 euros.
C.- Natación: 100.000 euros.
D Programas de Iniciación Deportiva (Escuelas Deportivas): 25.000 euros.
E.- Organización de Acontecimientos Deportivos en el Municipio de Murcia: 20.000 euros.
F.- Deportistas Individuales: 61.000 euros.

 

Criterios de valoración

Para la valoración de las solicitudes se presentará un proyecto, que incluirá la información indicada según los siguientes criterios de valoración:

 

  • Para todas las subvenciones:

-Proyecto Deportivo según el contenido indicado en el punto sexto de esta convocatoria, se valorará hasta un máximo de 20 puntos.

 

  • Para las subvenciones encuadradas en los PROGRAMAS A1, A2, B1 y B2:

- Cuando se trate de clubes, asociaciones deportivas y sociedades anónimas deportivas femeninas, se asignarán 2 puntos adicionales

- Cuando se trate de clubes, asociaciones deportivas o sociedades anónimas deportivas constituidas por colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, se asignarán 2 puntos adicionales.

- No tratándose de clubes, asociaciones deportivas o sociedades anónimas deportivas descritas en el apartado anterior, por disponer de normas específicas para fomentar la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, o que promuevan la participación femenina, se asignará 1 punto adicional. Dichas medidas han de estar debidamente aprobadas por los órganos correspondientes del club o asociación deportiva (asamblea u otros órganos de gobierno de la entidad), debiendo acreditarlo mediante copia del acuerdo del órgano correspondiente en el que consten las mismas.

 

  • Para las subvenciones encuadradas en el PROGRAMA C:

- Por tratarse de clubes femeninos, se asignarán 2 puntos adicionales.

- Por tratarse de clubes deportivos constituidos por colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, se asignarán 2 puntos adicionales.

- No tratándose de clubes descritos en el apartado anterior, por disponer de normas específicas para fomentar la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, o que promuevan la participación femenina, se asignará 1 punto adicional. Dichas medidas han de estar debidamente aprobadas por los órganos correspondientes del club (asamblea u otros órganos de gobierno de la entidad), debiendo acreditarlo mediante copia autenticada del acuerdo del órgano correspondiente en el que consten las mismas.

 

  • Para las subvenciones encuadradas en el PROGRAMA D:

-  Por tratarse de escuelas deportivas femeninas, 2 puntos adicionales.

-  Por tratarse de escuelas deportivas constituidas por colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, se asignarán 2 puntos adicionales.

- No tratándose de escuelas deportivas descritas en el apartado anterior, por disponer de normas específicas para fomentar la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, o que promuevan la participación femenina, se asignará 1 punto adicional. Dichas medidas han de estar debidamente aprobadas por los órganos correspondientes del club o asociación deportiva (asamblea u otros órganos de gobierno de la entidad), debiendo acreditarlo mediante copia autenticada del acuerdo del órgano correspondiente en el que consten las mismas.

 

  • Para las subvenciones encuadradas en el PROGRAMA E:

-  Por tratarse de eventos dirigidos al colectivo femenino, 2 puntos adicionales.

- Por tratarse de eventos dirigidos a colectivos en riesgo de exclusión social, de especial atención o personas con discapacidad, 2 puntos adicionales.

 

  • Para las subvenciones encuadradas en el PROGRAMA F:

- Por tratarse de deportistas femeninas, 2 puntos adicionales.

- Por tratarse de deportistas con necesidades de especial atención o con discapacidad, 2 puntos adicionales.

 

((((ENLACE DE DESCARGA DE VÍDEO DE JUNTA DE GOBIERNO: https://wetransfer.com/downloads/490c7c5f49d604a9ae860e56dbf927b220210618104143/4cca93))))

C.P.
Audio

El concejal Pedro García Rex